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Consejería Jurídica deberá facilitar información sobre personas defensoras públicas

Antecedentes del caso 

Hago uso de la voz para exponer el recurso INFOCDMX/RR.IP.6663/2022 presentado en contra de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales. 

La persona solicitó el directorio completo de personas asesoras y defensoras públicas que presten sus servicios en la Consejería Jurídica de la Ciudad de México. 

En su respuesta, la Consejería informó que no cuenta con personas asesoras y que las defensoras públicas, al ser personal de apoyo técnico operativo, no tienen asignado un número de teléfono, extensión ni correo electrónico institucional asignado. Asimismo, proporcionó un enlace para acceder a la información sobre nombre, puesto, adscripción y remuneración de las personas servidoras públicas adscritas. 

Inconforme con la respuesta, la persona interpuso recurso de revisión por la entrega de información incompleta. 

Análisis de la ponencia

Tras analizar el caso en la ponencia a mi cargo identificamos que el agravio resulta fundado pues en el directorio proporcionado por la Consejería no se localizó la información solicitada sobre las personas defensoras públicas. 

Además, detectamos que la Unidad de Transparencia no turnó la solicitud a la Dirección de Defensoría Pública que, en este caso, resulta competente para responder de acuerdo con sus atribuciones y funciones. 

Posicionamiento 

Nos interesa posicionar este recurso por el papel que tienen las personas defensoras públicas para garantizar el acceso a la justicia y su importancia en un sistema democrático. 

Las defensorías son órganos que otorgan defensa en materia penal en cualquier actuación ministerial o judicial, y patrocinio en materia civil, familiar y mercantil, así como el servicio de asesoría jurídica gratuita a quien lo requiera. 

A partir de la reforma constitucional de 2008 en materia penal, se mandató a las entidades de la República para que se reformaran las defensorías públicas, conocida anteriormente como “defensoría de oficio”, a fin de que pudieran proporcionar un servicio de defensa pública de calidad, universal y gratuito. 

El papel que juegan las personas defensoras públicas es muy importante porque ayudan a proteger los derechos y libertades individuales de las personas, especialmente las que se encuentran en una situación de vulnerabilidad y no tienen acceso a un abogado privado.  

Sin embargo, las cifras sobre el número de personas defensoras públicas, así como las estadísticas de impunidad y procuración de justicia, nos muestran los grandes retos que tenemos por delante en esta materia. 

En la capital, de acuerdo con datos de la Consejería Jurídica, apenas se cuentan con 469 personas defensoras en materia penal para atender casi 100 mil casos que se registraron entre 2020 y 2021, solo por dar un dato. 

Por otro lado, de cada 100 delitos que se cometen, solo 6.4 se denuncian y de ellos solo 14% se resuelven, lo que equivale a una impunidad del 99 por ciento. Y casi la mitad de las personas que están en la cárcel llevan años recluidas en espera de sentencia. 

A pesar de que en estudios como el índice de Estado de Derecho colocan a la capital del país con evaluaciones por arriba del promedio de las entidades, las calificaciones más bajas se obtienen, justo, en los factores de justicia civil y penal. 

Así, cuando el índice de Estado de Derecho evalúa para la Ciudad de México si las personas tienen acceso a información de asesoría legal asequible y de calidad cuando enfrentan problemas legales, el indicador arroja apenas 33 puntos de 100 posibles

En suma, la defensoría es un elemento esencial en un estado democrático ya que ayuda a garantizar la justicia, la igualdad ante la ley y la protección de derechos humanos. 

Estamos que garantizar la información sobre personas defensoras públicas, con ciertas el debido tratamiento de datos personales, es indispensable para hacer más accesible el sistema judicial. Sin acceso a la justicia no podemos hablar de justicia abierta.  

Propuesta de resolución al Pleno 

Con base en lo expuesto, se propone al Pleno MODIFICAR la respuesta de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales y que se le instruya turnar la solicitud a todas las unidades administrativas competentes, sin omitir la Dirección de Defensoría Pública, a fin de que realicen una búsqueda exhaustiva en sus archivos y entreguen la información de interés en un máximo de 10 días hábiles. 

Es cuanto, muchas gracias.

Resolución INFOCDMX/RR.IP.6663/2022

 

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