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Alcaldía Coyoacán deberá transparentar información sobre anuncios

Posicionamiento relativo a la resolución del expediente INFOCDMX/RR.IP.3433/2023

Antecedentes del caso

En esta ocasión me gustaría exponer el recurso de revisión INFOCDMX/RR.IP.3433/2023 de acceso a la información pública presentado en contra de la Alcaldía Coyoacán.

En este caso, la persona pidió saber si se habían realizado verificaciones de seguridad estructural de dos anuncios ubicados en la Alcaldía Coyoacán para confirmar que cumplieran con la normativa en la materia. Y en caso de que se hubieran iniciado estos procedimientos, la persona solicitó la versión pública de los documentos correspondientes.

En su respuesta, la Alcaldía Coyoacán se limitó a declararse incompetente para responder la solicitud, a través de las respuestas de las direcciones de Asuntos Jurídicos, y de Registros y Autorizaciones. Por su parte, la persona se inconforma en el recurso de revisión por la incompetencia manifestada, y porque no se buscó la información en todas las áreas de la Alcaldía.

Análisis de la ponencia

En el análisis del caso, encontramos que las Alcaldías sí cuentan con atribuciones para realizar actividades de inspección y vigilancia sobre anuncios y protección civil, entre otras materias. Estas actividades se llevan a cabo en coordinación con el Instituto de Verificación Administrativa (INVEA) de la Ciudad de México.

Además, la Alcaldía también debió haber remitido la solicitud al INVEA, toda vez que cuenta con competencia concurrente para pronunciarse al respecto.

Por lo tanto, la queja de la persona es válida ya que la Alcaldía Coyoacán no llevó a cabo el trámite de manera correcta, ni agotó el procedimiento de búsqueda exhaustiva, y su respuesta no está debidamente fundada ni motivada.

Posicionamiento

En la Ciudad de México, la gestión de riesgos y la toma de decisiones que afectan el espacio público son temas de gran relevancia.

En materia de regulación de anuncios espectaculares, cabe mencionar que nos encontramos en un periodo de transición en la Ciudad de México. Aunque la nueva Ley de Publicidad Exterior fue publicada el 6 de junio de 2022 en la Gaceta Oficial[i], fue hasta hace un par de semanas que se publicó la plataforma digital de publicidad exterior[ii] que administra la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI).

Esta plataforma, de acuerdo con la propia Ley, deberá contar con información sobre la ubicación de los anuncios autorizados y las empresas autorizadas, así como las opiniones técnicas de la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil.

Una novedad de esta ley es que obliga a las entidades privadas a costear el retiro de la publicidad instalada de forma irregular en las azoteas. Las autoridades estiman que hay más de 1200 de estos anuncios, y todos deberían haber sido quitados antes del 6 de junio de 2023[iv].

Según la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda (SEDUVI), hasta mayo de este año, queda pendiente de regularizar casi el 30%[iii] y las empresas que no cumplan con esta obligación podrían enfrentar multas de hasta 1.5 millones de pesos por cada anuncio.

Sin embargo, la Fundación por el Rescate y Recuperación del Paisaje Urbano calcula que en la Ciudad de México los anuncios irregulares podrían llegar a más de 2,500 si se considera aquellos fuera del listado de reordenamiento de la Ciudad de México. Un mercado que, de acuerdo con esta fundación, en el país genera unos 8 mil millones de pesos al año, y la mitad de ese ingreso corresponde solo a la capital. [v]

En este contexto, garantizar el acceso a la información sobre la gestión y ordenamiento de este tipo de anuncios es relevante, no sólo para que las personas puedan vigilar el cumplimiento de la ley en la materia sino también para prevenir riesgos.

El acceso a esta información permite a las personas participar activamente en la toma de decisiones que afectan su entorno y su seguridad. Además, promueve la transparencia y la rendición de cuentas por parte de las autoridades, lo que es fundamental para el fortalecimiento de nuestra democracia.

Propuesta de resolución al Pleno

Por lo anterior, se propone al Pleno REVOCAR la respuesta de la Alcaldía Coyoacán para que emita una nueva en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Para ello, deberá turnar la solicitud a todas sus áreas competentes, incluyendo la Dirección General de Gobierno y Asuntos Jurídicos, para que realicen una búsqueda exhaustiva y localicen la información de interés.

En caso de que la información solicitada tuviera datos que pudieran ser considerados reservados o confidenciales, se deberá poner a consideración del Comité de Transparencia la versión pública y entregar el acta que justifique la clasificación. Lo anterior, de acuerdo con el procedimiento dispuesto en la Ley de Transparencia.

Además, deberá turnar la solicitud al Instituto de Verificación Administrativa para que se pronuncie al respecto.

Es cuanto, muchas gracias.

Resolución INFOCDMX/RR.IP.3433/2023

 

 

Proyectista: Leidy Ivette Olivos Flores

Posicionamiento: Daniel Rosemberg Cervantes Pérez

[i] Gaceta Oficial de la Ciudad de México, “Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México” (2022), https://www.congresocdmx.gob.mx/media/documentos/6f0375b106c8fe6ebc5838d74fdf96d5f5dfb389.pdf.

[ii] Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, “Plataforma Digital de Publicidad Exterior de la Ciudad de México”, 2023, http://www.publicidadexterior.seduvi.cdmx.gob.mx:9080/publicidadExterior/index.html.

[iii] Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la, “Tarjeta Informativa Publicidad Exterior”, Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la CDMX, el 7 de junio de 2023, https://www.seduvi.cdmx.gob.mx/comunicacion/nota/tarjeta-informativa-publicidad-exterior.

[iv] Ibid.

[v] Nayelli Hernández, “Riesgo en las alturas: preocupan inmuebles que sostienen espectaculares”, El Economista, el 11 de agosto de 2022, https://www.eleconomista.com.mx/econohabitat/Riesgo-en-las-alturas-preocupan-inmuebles-que-sostienen-espectaculares-20220811-0051.html.

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