Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

SEDEMA deberá entregar información sobre autorizaciones para derribar árboles

Durante la sesión ordinaria del pleno del InfoCDMX, se aprobó por unanimidad una resolución proyectada por la ponencia de la comisionada María del Carmen Nava Polina, en la que se le instruyó a la Secretaría de Medio Ambiente para que informe sobre la cantidad de autorizaciones para derribar árboles emitidas por la SEDEMA durante los años 2019 a 2022.

A continuación, el posicionamiento de la comisionada Nava:

Posicionamiento relativo a la resolución del expediente INFOCDMX/RR.IP.3138/2022

  • Solicité el uso de la voz para exponer el recurso INFOCDMX/RR.IP.3138/2022 presentado en contra de la Secretaría del Medio Ambiente de la Ciudad de México. 
  • En este caso la persona solicitante requirió saber la cantidad de autorizaciones por parte de la SEDEMA para derribar árboles de los años 2019 a 2022;  las razones por las que se permitieron, en su caso, derribar árboles sanos; la cantidad pagada y las obras realizadas como compensación; así como el destino de los recursos obtenidos y la ubicación en la que se encontraban dichos árboles.  
  • En su respuesta la Secretaría de Medio Ambiente comunicó que dicha información ya se encuentra publicada como una obligación de transparencia y facilitó un enlace electrónico al micrositio correspondiente al artículo 123 fracción XXV de la Ley de Transparencia de la Capital. 
  • Inconforme con la respuesta proporcionada, la persona recurrente interpuso un Recurso de Revisión manifestando como agravio que el sujeto obligado no proporcionó la información solicitada. 
  • En el análisis del caso, esta ponencia encontró que, aunque la SEDEMA aceptó ser competente para atender los cuestionamientos y el enlace proporcionado remite a las Manifestaciones de Impacto Ambiental, los datos de interés son difíciles de localizar sin una explicación y una guía por parte del sujeto obligado.
  • Además, al revisar las atribuciones de la SEDEMA encontramos que la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental es la encargada de realizar las manifestaciones por lo que era valioso turnar la solicitud de información para que se pronunciara al respecto. 
  • De lo anterior el agravio de la persona recurrente es fundado ya que la respuesta no atendió de manera precisa, expresa y categórica la información solicitada. 
  • En el caso concreto de la Constitución de la Ciudad de México, en su artículo 13, se establece que el derecho a la preservación y protección de la naturaleza sea garantizado por las autoridades de la capital en el ámbito de su competencia.
  • De acuerdo con ONU Hábitat, los árboles urbanos proporcionan múltiples beneficios para las ciudades y sus habitantes: pueden, inclusive, enfriar el ambiente de 2 a 8 centígrados, reducen la contaminación del aire, aumentan la diversidad urbana e incluso mejoran la salud de las personas, entre muchos otros. 
  • La reforestación y el cuidado del medio ambiente están relacionados con los Objetivos de Desarrollo Sostenible. En particular, con los ODS 13, 3, 15 y 11 que corresponden a Salud y Bienestar, Acciones por el Clima, Vida de Ecosistemas Terrestres, así como Ciudades y Comunidades Sostenibles. 
  • Inclusive, dentro de los árboles que más proporcionan oxígeno están las jacarandas, uno de los árboles que caracterizan a la Ciudad de México, de los cuales cada árbol puede limpiar hasta una tonelada de dióxido de carbono al año. 
  • En contraste vemos que en los últimos veinte años hemos perdido el equivalente a más de 160 campos de fútbol de superficie arbórea, y en ninguna parte de la Ciudad de México queda bosque intacto, de acuerdo con datos del sistema de monitoreo de áreas verdes del Instituto de Recursos Mundiales. 
  • Estamos ciertas que garantizar el derecho a saber sobre temas relacionados con el cuidado del medio ambiente es indispensable, también, para que evalúen las políticas públicas y que exista participación ciudadana efectiva en la materia. 
  • Por tanto, propongo a este colegiado REVOCAR la respuesta de la Secretaría de Medio Ambiente para que gestione la solicitud de información a su Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental. 
  • Es cuanto, muchas gracias. 

 

Descarga la resolución en PDF

 

¡Comparte!

Categorías

Etiquetas

Contenido relacionado