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Alcaldía Xochimilco debe entregar información sobre el Ajolotón y humedales

Durante la décima quinta sesión ordinaria del pleno del InfoCDMX, celebrada el 27 de abril de 2022, se aprobó por unanimidad una resolución en la que se instruyó a la Alcaldía Xochimilco a entregar un informe detallado del Ajolotón, sobre si hubo permisos para su ejecución; sobre las acciones de mejoramiento de los humedales y los canales; y sobre las acciones para resarcir el daño ecológico generado por la liberación de los ajolotes.

A continuación, el posicionamiento de la comisionada Nava Polina, cuya ponencia proyectó el recursos de revisión:

Posicionamiento relativo a la resolución del expediente del Recurso de Revisión número INFOCDMX/RR.IP.0983/2022

  • Hago uso de la voz para exponer el recurso INFOCDMX/RR.IP.0983/2022 presentado en contra de la Alcaldía Xochimilco.
  • La persona solicitante requirió a la Alcaldía Xochimilco:
  1. Informe detallado sobre el programa Ajolotón donde se liberaron 200 ajolotes al canal de Xochimilco, donde incluya permisos por parte de alguna Institución como la UNAM, Profepa, etc. 
  2. Curriculum, cédula profesional y experiencia en el área de Medio Ambiente y Sustentabilidad Ambiental del Director General de Medio Ambiente de la Alcaldía Xochimilco 
  3. Informe detallado sobre las acciones que se están y se van a realizar para el mejoramiento y conservación de los humedales y el agua de todos los canales de Xochimilco. 
  4. Conocer la justificación del Alcalde para designar al anterior Director de Jurídico como Director General de Medio Ambiente.
  5. 5. Saber las acciones tomadas para resarcir el daño al ecosistema derivado a la liberación de los ajolotes en el evento Ajolotón. 
  • En respuesta la Alcaldía Xochimilco, únicamente entregó las versiones públicas de los curriculum y de la cédula profesional; y precisó que el Alcalde cuenta con facultades legales de nombrar libremente a su personal de estructura.
  • El sujeto obligado explicó que la liberación de ajolotes al Canal no fue parte de un programa oficial de la Alcaldía Xochimilco, sino una “actividad aislada”. Además de que no entregó a la persona el informe ni los permisos de ejecución.
  • Inconforme con la respuesta otorgada, la persona recurrente interpuso recurso de revisión en el que señaló como agravio, el haber recibido una respuesta incompleta.
  • Del estudio y análisis realizado esta ponencia concluye que la respuesta emitida por el sujeto obligado no atendió todos los requerimientos de la solicitud, pues no existió pronunciamiento respecto a los requerimientos sobre la conservación de los humedales ni sobre el daño causado al ecosistema derivado del Ajolotón.
  • Desafortunadamente, personas biólogas advirtieron el riesgo ambiental que implicó liberar a estos ajolotes por las condiciones ecológicas del Canal. En menos de dos décadas la población de ajolotes pasó de 6,000 ejemplares por km2 a sólo 36. La situación es crítica, y, por esa razón es que hay esfuerzos colectivos de reproducir a la especie en cautiverio para no comprometer su vida.
  • La principal causa de la probable extinción del ajolote es la pérdida de su hábitat generada por la creciente urbanización que afecta la calidad del agua y la actividad chinampera. Además del uso de especies invasoras como las carpas y tilapias para la producción acuícola.
  • Por ejemplo, otro dato alarmante es que, según el Instituto de Ingeniería de la UNAM, son ya 1374 descargas de aguas negras y grises provenientes, los expertos afirman que podría ser el doble.
  • En este sentido, propongo al Pleno, modificar la respuesta de la Alcaldía Xochimilco, e instruirle para que a través de sus unidades administrativas competentes, en especial a la Subdirección de Planeación Ambiental y Sustentabilidad, emitan pronunciamiento debidamente fundado y motivado, donde entreguen un informe detallado del Ajolotón, sobre si hubo permisos para su ejecución; sobre las acciones de mejoramiento de los humedales y los canales; y sobre las acciones para resarcir el daño ecológico mencionado.
  • El tema de esta resolución es fundamental, puesto que cualquier intervención, política u actividad pública que impacte al ambiente debe estar justificada y acompañada de la opinión y la asesoría de personas especialistas que evalúen los posibles riesgos y daños ecológicos generados, además de tomar en cuenta los objetivos de desarrollo sostenible de la agenda 2030, como el de disponibilidad y saneamiento de aguas.
  • Es cuanto, muchas gracias.

 

Descarga la resolución en PDF

 

(755) DÉCIMA QUINTA SESIÓN ORDINARIA DEL PLENO DEL INFO CDMX 2022 – YouTube

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